Desde el Colectivo afrofeminista Biznegra, asociación de mujeres afrodescendientes andaluzas, les hacemos llegar las siguientes apreciaciones que consideramos indispensables sean recogidas en la Ley contra el Racismo:

  1. Abordaje específico del bullying por racismo.
  2. Reparación histórica – memoria histórica: económica, perdón público, devolución, cambio de nombres de espacios públicos dedicados a esclavistas, recuperación de nombres.
  3. Educación – revisión planes de estudio integrar visión no colonialista de hechos históricos, incluir currículums donde se trabaje de diversidad y no discriminación basada en racismo.
  4. Esfuerzos en enfoque preventivo, cambio de normas y comportamientos, promoción del antirracismo como eje integral en todos los campos sociales (administración, educación, judicial, sanitario, servicios sociales, etc.)
  5. Regulación de la publicidad y el uso de imágenes y contenido audiovisual en campañas humanitarias/ ONGeísmo que presenta a las personas migrantes como víctimas perpetuas/ derecho al olvido. Protección datos de menores.
  6. Regulación laboral – sanciones y denuncia en casos de acoso laboral y explotación. Condiciones de trabajo, especialmente ámbito sector primario. Garantizar mínimos de habitabilidad a trabajadores/as agrícolas migrantes de temporada.
  7. Fin del perfilamiento racial por parte de Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la Nación, Los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas, y Los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales.
  8. Abordaje de la Violencia de género de manera interseccional desde una perspectiva antirracista, tanto en la intervención como en la recogida de datos, dado que se muestra una sobrerrepresentación de las mujeres extranjeras que son víctimas de sus parejas pero no se reconoce como violencia de género la que perpetúa el Estado en los CIEs y centros similares.
  9. La elaboración de censo étnico-racial, para el conocimiento de las realidades de nuestras comunidades, así como la inclusión obligatoria de la variable étnico-racial
    en estudios, estadísticas e investigaciones, para acabar con la extranjerización e invisibilización de las personas racializadas arraigadas en el Reino de España que no corresponden
  10. Planes de actuación sectoriales en las instituciones que proveen servicios esenciales y operadores de justicia en caso de violencia racista, que incluyan presupuesto, protocolos y capacitación del personal funcionariado que atiende directamente a población, que tengan la capacidad también de interseccionarse con otros planes como los de violencia machista y LGBT+ cuando estas violencias ocurran simultáneas.
  11. Revisión crítica y recomendaciones Ley de extranjería, muchas de las cuestiones que se puedan llegar a plantear en términos de lucha contra el racismo y la discriminación étnico-racial entran en contradicción directa con actuaciones y disposiciones de la Ley de extranjeria, que aboca en sí misma a situaciones de violencia racista, discriminación y exclusión a personas en base a su origen, nacionalidad, raza, etnia, color de piel, religion y/o lengua.
    A las colectivas nos parece llamativo pretender crear una ley que no revise en sí misma los límites y las necesidades que existen para la derogación de la ley de extranjeria como un mecanismo que ejerce racismo institucional.

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